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Català Reinón sobre los tipos de permisos penitenciarios

Por Redacción

El sistema penitenciario español establece diversos instrumentos para reinsertar a los internos en la sociedad durante el cumplimiento de su condena. Entre ellos, es posible destacar los permisos de salida de prisión, un derecho que ayuda a reducir los efectos negativos que el encarcelamiento produce en las personas.

En este sentido, es fundamental contar con el asesoramiento especializado de abogados en Barcelona que puedan gestionar la solicitud de estos permisos. Tal es el caso de la firma de abogados Català Reinón, un despacho que, además de prestar sus servicios en la capital de Cataluña, posee un equipo de abogados en Madrid expertos en derecho penitenciario.

¿Qué tipos de permisos penitenciarios de salida existen?

Considerados como una de las partes más importantes del proceso de reinserción, los permisos penitenciarios de salida de prisión permiten que las personas que se encuentran cumpliendo una condena no pierdan los vínculos familiares y sociales, preparándolas para el momento en el que recuperen su libertad. En este marco, pueden ser solicitados 2 tipos de permisos de acuerdo con los requisitos objetivos exigidos y la valoración de las circunstancias de cada condenado: los ordinarios y los extraordinarios.

Los primeros pueden concederse hasta 36 días al año para los internos que se encuentren en segundo grado y hasta 48 días más los fines de semana para aquellos que estén clasificados en tercer grado. Por su parte, los permisos extraordinarios son concedidos por motivos humanitarios por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario, bajo las medidas de control y seguridad adecuadas.

Requisitos para solicitar los permisos penitenciarios de salida

Si bien todos los reos tienen el derecho a solicitar los permisos penitenciarios de salida, existen ocasiones en las que estos no son autorizados, razón por la cual es aconsejable disponer del acompañamiento del staff de abogados en Barcelona y Madrid de Català Reinón Abogados. De esta manera, quienes soliciten los servicios de estos profesionales especializados en derecho penitenciario podrán conocer todos los requisitos necesarios para acceder a las salidas de prisión.

En este aspecto, para gestionar los permisos ordinarios es necesario que los internos se encuentren en segundo o tercer grado penitenciario, que hayan cumplido la cuarta parte de su condena y que tengan buena conducta, además de poseer apoyo familiar en el exterior y la aprobación de la Junta de Tratamiento. En cambio, los permisos extraordinarios pueden ser concedidos en caso de fallecimiento o enfermedad grave de un familiar directo, así como cuando la pareja del solicitante debe dar a luz.

Con una experiencia de 30 años en el ámbito penal, los abogados en Madrid y Barcelona de Català Reinón ofrecen un trato cercano para conocer en profundidad la situación de cada cliente y controlar los aspectos clave del procedimiento.

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