El Govern abre este lunes la convocatoria para la aprobación e implementación de Zonas de Bajas Emisiones en Baleares

El Govern abre este lunes la convocatoria para la aprobación e implementación de Zonas de Bajas Emisiones en Baleares

La Vicepresidencia del Govern balear y Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática abre este lunes la convocatoria para la aprobación e implementación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Baleares.

En nota de prensa, la Vicepresidencia y Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática ha informado que este lunes abre la convocatoria pública de subvenciones para la aprobación e implementación de ZBE en las Islas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de Baleares (Piteib), por una cuantía de 8,6 millones de euros.

Estas ayudas para aprobación e implementación de ZBE se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) y podrán ser solicitadas hasta el próximo 30 de junio de este año 2023 o hasta la fecha del posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática a través de la web la Dirección General de Energía y Cambio Climático.

En palabras del Vicepresidente del Govern, Juan Pedro Yllanes, «el despliegue de zonas de bajas emisiones hará que el tipo de movilidad se traslade hacia un transporte alternativo en Baleares, donde los vehículos alternativos tendrán una importancia trascendental, empezando por los vehículos de transporte unipersonal a los turismos».

«La movilidad compartida, así como la eléctrica, debe ser cada vez más accesible y por eso desde el Govern no sólo ayudamos a delimitar las llamadas ZBE, sino que lo complementamos con ayudas a la compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga y la movilidad compartida», ha añadido.

El Director General de Energía y Cambio Climático, Pep Malagrava, ha recordado que «la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética estableció que los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deben adoptar antes de 2023 sus planes de movilidad urbana sostenible y que debían introducirse medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, entre otros, el establecimiento de zonas de bajas emisiones antes de 2023».

«Nosotros ayudamos a todas aquellas entidades obligadas, pero también a las que quieren seguir mejorando la calidad del aire a realizar estas acciones ya desarrollarlas, poniendo a su alcance esos 8,6 millones», ha enfatizado.

DETALLES DE LA LÍNEA DE AYUDAS

El artículo 14.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética define las zonas de bajas emisiones como el ámbito delimitado por una administración pública, en el ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, con arreglo a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el vigente Reglamento General de Vehículos.

El Piteib tiene como objetivo financiar siete proyectos de Zonas de Bajas Emisiones y sus principales actuaciones y, concretamente, en su programa 3 ‘Principales retos de la insularidad, movilidad sostenible, descarbonización del mar y ciclo del agua’ se establece la línea de actuación P3.L2 sobre Zonas de Bajas Emisiones, dotada con 70 millones de euros, de los que 8,6 euros son para esta convocatoria destinada a la aprobación e implementación de Zonas de Bajas Emisiones.

BENEFICIARIOS, PROGRAMAS DE INCENTIVOS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales de Baleares, ayuntamientos y consells insulares. Asimismo, se establecen un total de cinco programas de incentivos con distintas actuaciones subvencionables.

De esta manera, el programa de incentivos 1 establece que son subvencionables los gastos destinados a la redacción del proyecto y la tramitación de la Creación Zonas de Bajas Emisiones. El importe máximo de ayuda a cada beneficiario del programa de incentivos 1 para el conjunto de actuaciones de este programa será de 200.000 euros para entidades locales con población de derecho superior a 50.000 habitantes. Asimismo, el importe máximo de ayuda a cada beneficiario para el conjunto de actuaciones del programa será de 100.000 euros para entidades locales con población de derecho inferior o igual a 50.000 habitantes.

Mientras, el programa de incentivos 2 va destinado a estudios complementarios a la creación de las Zonas de Bajas Emisiones y son subvencionables los gastos destinados a estos estudios, sean previos o posteriores a su creación. También son subvencionables los gastos destinados a realizar estudios que sirvan para crear, evaluar o mejorar las Zonas de Bajas Emisiones, como pueden ser estudios de modelización de tráfico, de evaluación de la calidad del aire y del ruido y estudios de modelización que sirvan para prever el efecto de las Zonas de Bajas Emisiones. El importe máximo de ayuda para cada beneficiario del programa de incentivos 2 para el conjunto de actuaciones del programa será de 50.000 euros para entidades locales con población de derecho superior a 50.000 habitantes y de 25.000 euros para entidades locales con población de derecho inferior o igual a los 50.000 habitantes.

Por su parte, el programa de incentivos 3 está destinado a planes o políticas que se relacionen o deriven de la creación de Zonas de Bajas Emisiones. Son subvencionables los gastos destinados a realizar estos planes. El importe máximo de ayuda para cada beneficiario para el conjunto de actuaciones del programa será de 50.000 euros para entidades locales con población superior a 50.000 habitantes y de 25.000 euros para entidades locales con población de derecho inferior o igual a 50.000 habitantes.

El programa de incentivos 4 está destinado a los gastos destinados a la acciones necesarias para la creación de ZBE. El importe máximo de ayuda para cada beneficiario para el conjunto de actuaciones del programa será de un millón de euros para entidades locales con población de derecho superior a 50.000 habitantes y de 500.000 euros para entidades locales con población de derecho inferior o igual a 50.000 habitantes.

Y, por último, el programa de incentivos 5 está destinado a las acciones complementarias a la creación de las ZBE. El importe máximo de ayuda para cada beneficiario para el conjunto de actuaciones del programa será de 500.000 euros para entidades locales con población de derecho superior a 50.000 habitantes, y de 250.000 euros para entidades locales con población de derecho inferior o igual a los 50.000 habitantes.

Los programas de incentivos 2, 3, 4 y, o bien, 5 deben realizarse conjuntamente con el programa de incentivos 1, excepto por parte de aquellas entidades locales que justifiquen que ya han creado las Zonas de Bajas Emisiones, que ya disponen del proyecto de ZBE, o que han solicitado ayuda a otras convocatorias para la financiación del programa de incentivos 1.


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