El Senado celebrará este jueves un Pleno extraordinario en el que dará el primero paso para tramitar la última modificación de la ley del Convenio Económico de Navarra, que permitirá a la Comunidad foral la regulación, gestión, inspección y recaudación de dos nuevas figuras impositivas.
Según el orden del día del Pleno del Senado de este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, la Cámara Alta tiene previsto darle una vía ‘exprés’ a esta reforma del Convenio Económico de Navarra y aprobará presumiblemente hacerlo mediante la tramitación directa y en lectura única. En ese caso, la próxima semana podría quedar aprobada definitivamente y ser remitida al Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las modificaciones del Convenio Económico que acordaron el Gobierno central y el navarro afectan al Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, y al Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN
La presente modificación de la ley del Convenio Económico Navarra – Estado es la octava que se lleva a cabo desde 1990. En esta ocasión se modifican 22 artículos, 1 disposición adicional y 3 transitorias. Las modificaciones afectan a dos tipos de normas: por una parte, de armonización tributaria y por otra, de relaciones financieras.
Lo más significativo de las cuestiones tributarias refleja la regulación, gestión, inspección y recaudación por parte de Navarra de dos nuevas figuras impositivas: el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud y el Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
Además de estas, otras novedades tienen que ver con la ampliación de la competencia normativa para Navarra en el Impuesto sobre la renta de no residentes; la elevación de 10 a 12 millones de euros del volumen de operaciones para tributar en cifra relativa en el Impuesto sobre Sociedades, en IVA y en el Impuesto del Juego o la aplicación del régimen de diferimiento del ingreso del IVA a la importación para las empresas navarras.
Mientras tanto en la parte financiera, el acuerdo recoge un nuevo ajuste fiscal del Impuesto Especial de fabricación sobre los líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros productos relacionados con el Tabaco.